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	Creación 
	  
	Se
	crea el Servicio Autónomo de Registros y Notarías, sin personalidad
	jurídica, que depende jerárquicamente del Ministerio del Interior y
	Justicia, y es el órgano encargado de forma autónoma de la planificación,
	organización, coordinación, inspección,  vigilancia, procedimiento y control
	sobre todas las oficinas de registros y notarías del país. 
	  
	El
	Reglamento Orgánico del Servicio Autónomo de Registros y Notarías
	desarrollará: 
	  
	1. La
	integración y fuentes ordinarias de ingresos. 
	  
	2. El
	grado de autonomía presupuestaria, administrativa, financiera y de gestión. 
	  
	3. Los
	mecanismos de control a los cuales quedará sometido. 
	  
	4. El
	destino que se dará a los ingresos obtenidos en el ejercicio de la actividad
	y el de los excedentes al final del ejercicio fiscal. 
	  
	5. Las
	demás que sean necesarias para el desarrollo de esta Ley.  |